martes, 28 de octubre de 2008

SOCIEDAD CHILENA DE INFECTOLOGÍA: Pronunciamiento Oficial

PRONUNCIAMIENTO OFICIAL
COMITE CONSULTIVO DE SIDA
SOCIEDAD CHILENA DE INFECTOLOGÍA
En relación a lo acontecido en el Hospital de Iquique y el gran impacto que esto ha tenido en los medios y la opinión pública, la Sociedad Chilena de Infectología a través de su Comité Consultivo de SIDA, formado por profesionales con un diario quehacer en la atención real de pacientes con VIH/SIDA desea hacer algunas reflexiones sobre la situación de la epidemia en el país y el enfoque-país que se ha hecho en su manejo, sin opinar específicamente sobre el caso puntual hasta que hayan finalizado las investigaciones en curso, pero recalcando las complejidades involucradas.
El examen de diagnóstico inicial, ELISA para VIH , tiene alta sensibilidad en la detección de los casos positivos pero, aplicado a la población general, puede llegar a tener cerca de un 50% de falsos positivos por lo que se requiere un examen adicional de confirmación, de ahí que por ley (Nº 19.779) se establece que todo examen indicativo de infección con la técnica inicial no sea informado como tal y se envíe al Instituto de Salud Pública de Chile, donde se efectúan técnicas complementarias de confirmación de alta precisión. Aquellas muestras en las que se ratifique la infección en el ISP son casos confirmados pero no pacientes confirmados. Para relacionar inequívocamente la muestra confirmada con una persona determinada se requiere que el laboratorio local donde se tomó la muestra practique la toma de una nueva muestra (contramuestra) de verificación de identidad, de manera de minimizar el riesgo de errores. Cabe destacar que, junto con el médico solicitante, los laboratorios locales son los únicos que manejan la identidad del individuo por cuanto la muestra enviada al ISP sólo tiene códigos (únicos, irrepetibles e inidentificables).
Además de la necesidad de ubicar al paciente para la obtención de la contramuestra y poder diagnosticarlo como infectado por VIH, la entrega del resultado final (ISP más contramuestra) requiere, por las disposiciones legales vigentes, la presencia del afectado y la entrega verbal y escrita de los resultados junto con la consejería post test y derivación a la atención médica pertinente. La legislación impide la búsqueda activa del individuo en caso que no sea ubicable con los datos que entrega voluntariamente, para proteger la confidencialidad del diagnóstico del estatus VIH. Si una persona no retira su primer examen, no aporta la segunda muestra, no acude a ser informado de los resultados o da datos inexactos para su ubicación, todo lo cual ocurre con frecuencia, el proceso de notificación no se puede realizar. La legislación chilena no considera responsabilidades penales por la eventual transmisión del VIH mientras que en otros países esto ha comenzado a introducirse progresivamente.
La ley Nº 19.779 privilegia la confidencialidad de los resultados y la salud psíquica de las personas con VIH por sobre el riesgo epidemiológico de transmisión del virus, pues da como sabida por toda la población el riesgo de adquirir ésta y otras enfermedades de transmisión sexual durante las relaciones sexuales. En Chile se estima que hay 35 a 40 mil infectados y 18.552 de ellos están diagnosticados y notificados al MINSAL. Por lo tanto, hay 20 a 25 mil personas que no saben de su condición. Sin lugar a dudas este grupo es la principal fuente actual de expansión de la epidemia y no las pocas personas infectadas, diagnosticadas, pero no notificados.
Finalmente, hay que destacar que los médicos no podemos solicitar el examen de VIH a ninguna persona, sin consejería ni obtención de un consentimiento explícito firmado de la persona aún en casos de embarazadas, abuso sexual e incluso frente a exposición a sangre o fluidos corporales durante la atención sanitaria y que afecte al personal de salud.
La legislación actual no fue consultada en su momento a los médicos especialistas en VIH sino consensuada entre el Ministerio de Salud, las autoridades políticas y las agrupaciones de personas con VIH. Esta legislación limita severamente las posibilidades de acción de los médicos y equipos de salud, tanto en la solicitud del examen como en la entrega de los resultados, pero además impide el seguimiento epidemiológico de los contactos, estableciendo penalizaciones para los médicos que con este objetivo vulneren la confidencialidad del diagnóstico.
Sin duda alguna la discusión actual nos da una oportunidad para revisar esta ley y eventualmente proponer modificaciones que hagan más expedito estos trámites, sin perder de vista en ningún momento el fin de esta última , que es el resguardo de la confidencialidad de la identidad de las personas.
Los lamentables hechos ocurridos recientemente no deben hacer perder la perspectiva global del compromiso-país que se ha hecho para el control de la epidemia en su parte diagnóstica, preventiva en el ámbito sanitario y el del tratamiento de los infectados y que han llevado a que este modelo sea ejemplo para muchos países: el país cuenta con un suministro seguro de sangre y sus derivados, cualquier persona se puede realizar el examen diagnóstico en alguno de los centros gratuitos del sistema público, el examen diagnóstico se le ofrece a todas las embarazadas del país y se le otorga tratamiento a las infectadas con lo que se ha reducido el riesgo de infección a su descendencia durante el embarazo y parto a un mínimo nivel . En los 32 centros públicos de atención se entregan terapia medicamentosas de alta efectividad, con un monitoreo de su eficacia con exámenes de alta complejidad y que corresponden a los más altos estándares internacionales. Este tratamiento gratuito, entregado a más de 10 mil personas y disponibles a todos los beneficiarios que lo necesiten, ha llevado a una marcada sobrevida de las personas; se han salvado miles de vidas que se han tornado en vidas reinsertadas en lo laboral, social y familiar. Una innovadora red nacional formada por todos estos centros ha permitido evaluar con precisión el impacto de este programa e incluso contribuir al avance del conocimiento científico sobre el tema. El sistema privado también se ha incorporado a estas garantías y más de 1500 personas se están beneficiando con estos programas de tratamiento con un muy bajo co- pago. Esta es una realidad que debe ser conocida por el país y la existencia de evidentes deficiencias corregibles debe ser ponderada a la luz de este escenario global que nos pone en un lugar privilegiado entre muchos países y al que muchas otras sociedades quisieran imitar.
La prevención sigue siendo la única manera de detener la epidemia, pero el reconocimiento oportuno de los infectados y su ingreso a terapia contribuyen de modo importante a controlarla. Este reconocimiento no debe ser de tipo policial, con carácter excluyente y discriminatorio sino solidario e inclusivo. Nuestra sociedad ha demostrado que puede hacerlo, nuestro sistema público de salud también. Llamamos a seguir avanzando, corregir errores, optimizar recursos y procesos e investigar desapasionadamente lo necesario, pero no dar pie atrás en lo ya avanzado ni buscar culpables con liviandad y en ausencia de cabal comprensión de las complejidades de la situación que trasciende lo estrictamente médico sanitario y que nos da luces de lo que somos como país y sociedad.

Dra. Patricia García C.
Dr. Alejandro Afani S.
Presidenta
Coordinador
Sociedad Chilena de Infectología
Comité Consultivo de SIDA
Sociedad Chilena de Infectología
Santiago, 21 de octubre de 2008